Convocatoria "Consuma Local"
C O N V O C A T O R I A
Programa “Consuma Local”
Dirigida a:
A) Personas propietarias o representantes legales de unidades económicas establecidas en el Municipio de Guadalajara; y
B) Personas mayores de edad que residan en el Municipio de Guadalajara y que cumplan con las Reglas de Operación del programa y los requisitos que estipula la presente convocatoria.
Que en sesión extraordinaria del Ayuntamiento de Guadalajara celebrada el día 18 de enero de 2021, fue aprobado el decreto municipal número D 65/02/21 correspondiente a la iniciativa de decreto con dispensa de trámite del licenciado Ismael Del Toro Castro, Presidente Municipal, que autoriza las Reglas de Operación, tiene por objeto autorizar el programa denominado “Consuma Local”, así como las Reglas de Operación para el Ejercicio Fiscal 2021 de las cuales se emite la presente convocatoria.
Reactivar la economía de las unidades económicas establecidas en el Municipio de Guadalajara a través del impulso al comercio y consumo local.
I. Ofrecer la oportunidad a micro y pequeñas empresas, principalmente, de ofertar sus productos y servicios a consumidores identificados mediante una plataforma de red de negocios;
II. Fomentar el comercio electrónico en las unidades económicas;
III. Promover la utilización de servicios financieros entre la población tapatía incentivando el consumo local o barrial a través de estímulos a la población; y
IV. Consolidar la identidad de los negocios entre la población.
A) Personas propietarias o representantes legales de las unidades económicas:
I. Acceso al directorio digital del programa en el cual las personas propietarias o representantes legales de unidades económicas puedan registrarse;
II. Dispositivo electrónico para recibir pagos con tarjeta;
III. Publicitarse en la plataforma de red de negocios del Municipio “Consuma Local”; y
IV. Capacitación.
B) Personas consumidoras locales registradas:
I. Estímulo económico que podría ser dispersado hasta en cuatro ministraciones a través de tarjeta de consumidor local registrado por un monto hasta por $800.00 (ochocientos pesos 00/100 M.N.), para ser utilizado exclusivamente en las unidades económicas registradas en el programa “Consuma Local”; y
II. Acceso al directorio digital del programa “Consuma Local” de unidades económicas registradas, en el cual el consumidor registrado puede consultar las unidades económicas en las que puede hacer uso de su apoyo económico y canjearlo por productos y/o servicios.
Municipio de Guadalajara.
BASES.
El periodo de registro será del 09 de febrero al 30 de julio o hasta agotar el techo presupuestal.
Las personas interesadas en participar en el programa deberán realizar su registro de lunes a viernes comunicándose al teléfono 33 4774 0479 en horario de 9 a 15 horas, el trámite debe realizarse de manera individual y por la persona interesada en recibir cualquiera de los apoyos.
Apoyo (A) Personas propietarias o representantes legales de las unidades económicas:
De la persona propietaria del negocio o representante legal de persona jurídica o moral:
I. Ser mayor de edad;
II. La unidad económica debe estar establecida en el municipio de Guadalajara; y
III. No estar desempeñando cargo alguno como servidor público (municipal, organismo público descentralizado, estatal o federal).
I. Identificación oficial vigente de la persona solicitante y/o representante legal;
II. Clave Única de Registro de Población, CURP, de la persona solicitante o representante legal;
III. Licencias de Giro Municipal 2020 o 2021;
IV. Comprobante de domicilio particular de la persona solicitante o representante legal no mayor a 3 meses de antigüedad;
V. Tratándose de representantes legales, estos deberán entregar copia del acta constitutiva o documento legal en el que acrediten su personalidad como representante legal de la unidad económica; y
VI. Solicitud de registro firmada. (por las condiciones de contingencia sanitaria provisionalmente podrá ser de manera digital y una vez que las condiciones de salud lo permitan, será firmada físicamente).
Se excluyen comercios de cadenas comerciales, franquicias, tiendas de conveniencia, sucursales bancarias, supermercados, tiendas departamentales, inmobiliarias, seguridad privada y negocios considerados como giros restringidos.
Se excluye venta de bebidas alcohólicas, cigarros y sustancias utilizadas para fines lúdicos.
I. Ser mayor de edad;
II. Residir en el Municipio de Guadalajara; y
III. No estar desempeñando cargo alguno como servidor público (municipal, organismo público descentralizado, estatal o federal).
I. Identificación oficial vigente;
II. Comprobante de domicilio con una vigencia no mayor a 90 días a nombre del solicitante; y
III. Clave Única de Registro de Población, CURP.
Se excluye compra de bebidas alcohólicas, cigarros y sustancias utilizadas para fines lúdicos.
Apoyo (A) Personas Propietarias o Representantes Legales de las Unidades Económicas:
Serán elegidas beneficiarias aquellas personas que primero en tiempo y forma, se hayan registrado y cumplido, con los requisitos establecidos en el presente programa; deberán de firmar de conformidad lo siguiente:
Lo anterior podrá ser firmado de manera digital y posteriormente física, una vez que las condiciones de contingencia sanitaria así lo permitan.
Las personas propietarias o representantes legales de las unidades económicas que cumplan con los requisitos y documentación solicitados en las Reglas de Operación y en la Convocatoria, serán revisados y validados por las Direcciones de Emprendimiento y Padrón y Licencias; hasta la fecha de término del programa o agotar el techo presupuestal.
Apoyo (B) Personas Consumidoras Locales:
Serán elegidas beneficiarias aquellas personas que primero en tiempo y forma, se hayan registrado y cumplido, con los requisitos establecidos en el presente programa; deberán firmar de conformidad lo siguiente:
Para que las personas puedan participar en el programa deben cumplir con los requisitos y documentación solicitados en las Reglas de Operación y en la Convocatoria, dichos documentos serán revisados y validados por las Direcciones de Emprendimiento y Padrón y Licencias; hasta la fecha de término del programa o agotar el techo presupuestal.
Apoyo (A) Personas propietarias o representantes legales de las unidades económicas:
Una vez notificado de ser seleccionado para recibir el apoyo (A), deberá permanecer atento al aviso por parte de las áreas responsables del programa en donde se le informará fecha y hora para recibir su dispositivo electrónico y la forma de entregar los documentos solicitados.
Apoyo (B) Personas consumidoras locales registradas:
Una vez notificado de ser seleccionado para recibir el apoyo (B), deberá permanecer atento al aviso por parte de las áreas responsables del programa en donde se le informará fecha y hora para recoger su tarjeta y la forma de entregar los documentos solicitados.
Apoyo (A) Personas Propietarias o Representantes Legales de las Unidades Económicas:
Derechos:
I. Recibir un dispositivo electrónico para recibir pagos con tarjeta;
II. Conocer y aceptar las Reglas de Operación; y
III. Formar parte de los grupos de comunicación y la red de negocio del Municipio de “Consuma Local”.
Obligaciones:
I. Notificar al área responsable del programa cualquier modificación o cambio en la información presentada al momento de registrarse.
II. Proporcionar información completa y verídica con los documentos correspondientes;
III. Cumplir con los requisitos establecidos en la presente convocatoria;
IV. Participar en las actividades de corresponsabilidad del programa;
V. Permitir que el personal de las Direcciones de Emprendimiento y Padrón y Licencias puedan verificar el funcionamiento del negocio, la autenticidad de los documentos entregados, cuando sea necesario;
VI. Hacer buen uso del dispositivo electrónico de cobro con tarjeta, en caso de falla o pérdida por mal uso la sustitución corre a cargo del responsable de la unidad económica;
VII. Cumplir con las especificaciones técnicas que se requieran para el funcionamiento del dispositivo electrónico; y
VIII. Aceptar el pago con la tarjeta de las personas consumidoras locales registradas de este programa.
Sanciones:
Se dará de baja del programa a quien:
I. Brinde información falsa, de mala fe, alterada o incompleta;
II. El incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en las Reglas de Operación del programa se sancionará con la cancelación del apoyo.
B) Personas Consumidoras Locales Registradas:
Derechos:
I. Recibir la tarjeta del programa “Consuma Local”;
II. Recibir la debida atención por parte del funcionariado;
III. Conocer y aceptar las Reglas de Operación del programa; y
IV. Acceder a la red de negocios del programa “Consuma Local”.
Obligaciones:
I. Notificar al área responsable del programa cualquier modificación o cambio en la información presentada al momento de registrarse.
II. Proporcionar información verídica y completa con los documentos correspondientes;
III. Participar en las actividades de corresponsabilidad del programa;
IV. Permitir que el personal de las Direcciones de Emprendimiento y Padrón y Licencias puedan verificar la información presentada por el ciudadano; y
V. Hacer buen uso de la tarjeta de persona consumidora local recibida, es única e intransferible.
Sanciones:
Se dará de baja del programa a quien:
I. Brinde información falsa, de mala fe, alterada o incompleta; y
II. El incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en las Reglas de Operación del programa se sancionará con la cancelación del apoyo.
Este programa inicia el día de la publicación de la Convocatoria en la Gaceta Municipal de Guadalajara y termina el día 31 de agosto del año 2021 o al agotar el techo presupuestal.
La Coordinación General de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad, a través de la Dirección de Emprendimiento serán las responsables de administrar y coordinar las actividades relacionadas a la correcta implementación del programa.
La publicación de resultados estará disponible para su consulta en la página del Municipio de Guadalajara.
Personas servidoras públicas, comercios de cadenas comerciales, franquicias, tiendas de conveniencia, sucursales bancarias, supermercados, tiendas departamentales, inmobiliarias, seguridad privada y negocios considerados como giros restringidos.
Contactar vía telefónica en el 3312048500 a la Dirección de Emprendimiento o acudir a su oficina ubicada en Pedro Loza 290, colonia Centro en un horario de 9 a 3 pm.
En caso de existir quejas o denuncias con motivo de la ejecución del programa y con motivo de las medidas de aislamiento social que han sido dictadas por las autoridades competentes, deberán presentarse a la Contraloría Ciudadana de Guadalajara, en los siguientes mecanismos que tiene habilitados:
I. Línea directa WhatsApp 33126-42356;
II. Página de Internet en la siguiente liga: https://guadalajara.gob.mx/denuncias/
III. Correo electrónico: denuncias@guadalajara.gob.mx
En el módulo de atención de la Contraloría Ciudadana, ubicado en Avenida 5 de febrero número 249, colonia Las Conchas, Guadalajara, se recibirán por escrito las quejas, denuncia y/o inconformidades, una vez que se extingan o modifiquen los efectos de la Declaratoria de Emergencia para el Municipio de Guadalajara, emitida por el Comité Municipal de Emergencias, publicada en la Gaceta Municipal de Guadalajara del 16 de marzo de 2020.
El manejo de los expedientes que se formen con motivo de las presentes Reglas de Operación debe de cumplir con el Aviso de Privacidad publicado en el portal oficial https://transparencia.guadalajara.gob.mx/sites/default/files/AvisoPrivacidad.pdf
Los asuntos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos con base a las Reglas de Operación del Programa “Consuma Local” y en su defecto por el Comité de Supervisión del mismo.
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".